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Portabilidad numérica y cómo reclamar contra tu operador de teléfono/internet (SUTEL)

La Ley General de Telecomunicaciones (Ley N.º 8642, de 2008) creó la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) para regular a los operadores de telefonía, internet y televisión por cable en Costa Rica, y darle a los usuarios derechos concretos frente a ellos.

Portabilidad numérica — cambiar de operador sin cambiar tu número: es un derecho gratuito de cualquier usuario, establecido directamente en la Ley 8642. El único requisito es ser el dueño de la línea, y que no esté atada a un plan donde el operador te subsidió el equipo (teléfono) — en ese caso hay que resolver esa deuda o compromiso antes. El proceso tarda un máximo de 48 horas: el operador viejo tiene 1 día para confirmar que no hay ningún impedimento, y el operador nuevo tiene el otro día para coordinar con vos el traslado del servicio.

Otros derechos básicos como usuario de telecomunicaciones:

Cómo reclamar si un operador (de teléfono, internet o cable) no te resuelve un problema — el reclamo formal se presenta ante SUTEL, existe un reglamento específico de protección al usuario que regula todo el proceso (facturación, continuidad del servicio, promociones, prácticas prohibidas, roaming internacional, portabilidad, entre otros):

Nota: antes de escalar a SUTEL, el primer paso normal es intentar resolver el problema directamente con el operador (línea de atención al cliente) — SUTEL interviene formalmente cuando esa vía no funcionó. Para el detalle completo del proceso de reclamo (plazos exactos de respuesta, requisitos del formulario), conviene revisar la guía oficial en el sitio de SUTEL antes de presentar uno.

Fuente oficial: https://sutel.go.cr/pagina/informacion-al-usuario
Verificado: 2026-08-18

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