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Disolucion de una sociedad (Registro Nacional)

Cuando un negocio cierra formalmente, la sociedad que lo respalda (SRL o S.A.) debe disolverse y liquidarse ante el Registro Nacional — no basta con simplemente dejar de operar.

Pasos del proceso: 1. Celebrar una asamblea de socios donde se acuerde formalmente la disolucion de la sociedad. 2. Publicar un aviso en el Diario Oficial La Gaceta sobre el cierre de la sociedad. Esta publicacion abre un periodo de 30 dias para que los acreedores puedan presentar reclamos. 3. Cancelar deudas pendientes y cumplir con las obligaciones fiscales — el interes fiscal pendiente debe quedar satisfecho antes de completar la disolucion, o el tramite no se puede inscribir. 4. Un notario protocoliza el acuerdo de disolucion y liquidacion mediante escritura publica, y lo presenta al Registro de Personas Juridicas para su inscripcion definitiva.

Novedad 2025-2026 — tramite simplificado: si la sociedad no tiene activos, pasivos, derechos ni obligaciones pendientes, el Registro Nacional permite hacer la disolucion y liquidacion en el mismo acto, incluso omitiendo el nombramiento de un liquidador, si el notario da fe de que la sociedad no tiene bienes ni deudas y que el interes fiscal esta satisfecho.

Tiempos estimados:

Nota: antes de disolver una sociedad que fue patrono ante la CCSS o que tiene inscripciones activas en Hacienda, hay que desinscribirla tambien de esas instituciones — la disolucion en el Registro Nacional no cierra automaticamente esas otras cuentas.

Fuente oficial: https://www.registronacional.go.cr
Verificado: 2026-08-05

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